Justo después de Chrismas, la Administración Federal de Aviación (FAA) emitió un aviso de reglamentación propuesta para la identificación remota de drones. El documento NPRM que puede encontrar aquí está actualmente inédito y está programado para ser publicado oficialmente el 31 de diciembre de 2019, después de lo cual tendremos 60 días para comentarlo.
Aviso de reglamentación propuesta para la identificación remota de drones
La FAA claramente ve una identificación remota para sistemas aéreos no tripulados (UAS) como un gran paso para integrar drones de manera segura en el espacio aéreo nacional. Según la agencia, actualmente tienen 1,5 millones de drones y 155,000 pilotos remotos registrados con la FAA.
«Los drones son el segmento de transporte de más rápido crecimiento en nuestra nación y es de vital importancia que se integren de manera segura en el espacio aéreo nacional», dijo la secretaria de Transporte de los Estados Unidos, Elaine L. Chao.
La FAA alienta a todos los pilotos de drones o a cualquiera que se interese en la seguridad de la aviación a leer la versión no publicada del aviso de reglamentación propuesta ahora en el Registro Federal. Después de que este documento se publique oficialmente el 31 de diciembre de 2019, se abrirá un período de comentarios de 60 días durante el cual podemos proporcionar nuestros comentarios e inquietudes para ayudar a la FAA a llegar a una regla final sobre ID remota para drones.
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«Como piloto, mi ojo siempre está en seguridad primero», dijo el administrador de la FAA Steve Dickson. «La seguridad es una responsabilidad conjunta entre el gobierno, los pilotos, la comunidad de drones, el público en general y muchos otros que hacen que nuestra nación sea tan creativa e innovadora».
Remote ID for Drones es el último de una serie de pasos dados por la industria de la FAA y UAS para integrar de manera segura pequeños sistemas aéreos o drones no tripulados en el espacio aéreo nacional, Incluyendo la pequeña regla UAS, que cubre drones que pesan menos de 55 libras que no sean aeronaves modelo, y la capacidad de autorización y notificación de baja altitud (LAANC), que automatiza el proceso de aplicación y aprobación para los operadores de drones para obtener autorizaciones del espacio aéreo.
Para permitir que los operadores de drones comerciales realicen operaciones más complicadas, como vuelos más allá de la línea visual de visión, la identificación remota para UAS se considera un paso crucial y necesario. El objetivo final es un sistema de gestión de tráfico aéreo no tripulado que funciona por separado pero en coordinación con el sistema de gestión de tráfico aéreo existente para aviones tripulados.
«Si bien la identificación remota por sí sola no permitirá operaciones ampliadas de rutina, como operaciones sobre personas o más allá de la línea de visión visual, es un elemento crítico para construir capacidades de gestión de tráfico no tripuladas. La FAA prevé que la red de identificación remota formará la base para el desarrollo de otras tecnologías que pueden permitir operaciones expandidas».
La identificación remota se aplicaría para todos los drones que se requieren para registrarse en la FAA. Los pequeños drones recreativos que pesan menos de 0.55 libras, como el DJI Mavic Mini, no están obligados a registrarse.
La implementación completa de la identificación remota se basa en tres partes interdependientes que se están desarrollando simultáneamente.
- La primera es esta regla propuesta, que establece los requisitos operativos para los operadores de UAS y los estándares de diseño y producción basados en el rendimiento para los productores de UAS.
- El segundo es una red de proveedores de servicios UAS de identificación remota (IDS Remote IDS) que recopilaría la identificación y la ubicación en tiempo real desde UAS en vuelo. El ID de ID remoto realizaría este servicio bajo contrato con la FAA, basado en el mismo modelo que la FAA utiliza actualmente para la capacidad de autorización y notificación de baja altitud (LAANC).
- La tercera parte del ecosistema de identificación remota es la recopilación de requisitos técnicos que las organizaciones de establecimiento de estándares se desarrollarán para cumplir con los requisitos de diseño y producción basados en el desempeño en esta regla propuesta
Todos los UAS que operan en el espacio aéreo de los Estados Unidos, con muy pocas excepciones, estarían sujetas a los requisitos de esta regla. Se requeriría que todos los operadores de UAS cumplan independientemente de si realizan operaciones recreativas o comerciales, excepto aquellos que vuelan UAS que de otro modo no se requiere que se registren bajo las reglas existentes de la FAA.
Todos los UAS producidos para la operación en el espacio aéreo de los Estados Unidos tendrían que cumplir con los requisitos de diseño y producción establecidos en esta propuesta con excepciones para UAS construidos por aficionados, UAS del gobierno de los Estados Unidos y aviones no tripulados que pesan menos de 0.55 libras.
Esta propuesta establece requisitos de diseño y producción para dos categorías de identificación remota: UAS de identificación remota estándar y UAS de identificación remota limitada.
- Identificación remota estándar UAS Se requeriría que transmitiera información de identificación e ubicación directamente desde la aeronave no tripulada y transmita simultáneamente esa misma información a una identificación remota USS a través de una conexión a Internet.
- Identificación remota limitada UAS Se requeriría que transmita información a través de Internet, sin requisitos de transmisión; Sin embargo, el avión no tripulado estaría diseñado para operar no más de 400 pies Desde la estación de control.
Según esta propuesta, la gran mayoría de los UAS deberían cumplir con una de estas dos categorías de identificación remota. Para esas excepciones limitadas, que incluyen ciertas UAS y UAS construidos por aficionados antes de la fecha de cumplimiento, los operadores que vuelan UAS sin capacidades de identificación remota se permitirían volar solo en ciertas áreas geográficas específicas establecido bajo esta regla específicamente para acomodarlos.
Esta propuesta prevé que dentro de los tres años posteriores a la fecha de vigencia de esta regla, todos los UAS que operan en el espacio aéreo de los Estados Unidos cumplirán con los requisitos de identificación remota. No se pudo producir UAS para operar en los Estados Unidos después de dos años y no se podría operar UAS después de tres años, excepto de acuerdo con los requisitos de esta propuesta.

Take de Dronedj
Obviamente, este aviso de reglamentación propuesta para la identificación remota de drones es un gran problema para la industria de los drones y plantea muchas preguntas. Publicaremos algunas de las reacciones iniciales de varios actores de la industria aquí en Dronedj así como los pensamientos y preocupaciones de nosotros mismos y de los demás mientras trabajamos a través del documento.
Le instamos a que lo lea también y que comparta sus preocupaciones con la FAA una vez que comience el período de comentarios. No leer este importante documento y no expresar sus inquietudes, como la privacidad del piloto de drones, significa dejar que otros decidan cómo funcionará la identificación remota y cómo afectará sus operaciones de drones recreativos y comerciales.
El #FAA‘s #Remoteid propuesta de #Drones ¡Está aquí! La capacidad de proporcionar identificación y ubicación es esencial para mantener drones separados de manera segura de otros #aeronave. Léelo ahora para que esté listo para compartir sus comentarios cuando se abra el período de comentarios. https://t.co/efuhocuuol pic.twitter.com/pxfh3asbji
– La FAA ✈️ (@faanews) 26 de diciembre de 2019
¿Qué opinas sobre la regla propuesta para la identificación remota de drones? Háganos saber en los comentarios a continuación.

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